Información general (actualizada a 05.02.2013)
1. Etiquetado textil
1.1. El etiquetado de los productos textiles
1.2. ¿Que son productos textiles?
1.3. Contenido obligatorio en el etiquetado de productos textiles
1.4. Etiquetado de composición
1.5. Contenido no obligatorio en el etiquetado de productos textiles
1.6. Etiquetado de conservación
2. El etiquetado del calzado
2.1. Modelo de etiqueta de calzado
2.2. Cartel explicativo a los establecimientos
2.3. Normalización de tallas
3. Etiquetado de la piel
3.1. El etiquetado de los productos de piel
4. Etiquetado de productos de marroquinería
4.1. El etiquetado de los productos de marroquinería
1.1. El etiquetado de los productos textiles
El etiquetado de los productos textiles es obligatorio y proviene directamente de dos derechos de los consumidores: derecho a la seguridad y derecho a la información.
La etiqueta facilita a los consumidores información sobre el producto y así les permite elegir en función de sus gustos, necesidades y exigencias.
1.2. ¿Qué son productos textiles?
Consideramos que son productos textiles aquellos compuestos exclusivamente de fibras textiles, los que como mínimo tengan un 80% de fibras textiles, los recubrimientos de muebles, paraguas y sombrillas, las partes textiles de los revestimientos del suelo, paredes, colchones, artículos de camping, forros de abrigos, guantes y calzado, siempre que contengan como mínimo un 80% de fibras textiles.
También lo son aquellos productos textiles incorporados a otros productos cuando así se diga a su composición, muebles, paramentos del hogar, etc.
1.3. Contenido obligatorio en el etiquetado de productos textiles
1.4. Etiquetado de composición
a. Textiles hechos de una sola fibra:
La inscripción 100% puro, acompañando la denominación de una fibra, es la única expresión permitida para explicar que el producto textil incluye exclusivamente esta fibra. Ej: 100% pura lana virgen.
"Pura llana verge"
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"Ric en llana verge"
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Cotó
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Seda
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Lli
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1.5. Contenido no obligatorio en el etiquetado de productos textiles
Hay datos que, aunque no son obligatorias, aportan informaciones sobre el producto y su conservación: como lavar (mojado o seco, a mano oa máquina ...), si se puede utilizar lejía o no, si admite o no plancha o secadora ...
Es conveniente consultar las etiquetas para conocer la composición de la ropa o bien evitar posibles alergias. Por ello, el conocimiento de los pictogramas de conservación por parte del usuario y de los establecimientos de limpieza textil hará que su mantenimiento o tratamiento sea el adecuado a cada tipo de tejido o composición.
1.6. Etiquetado de conservación
(los pueden encontrar en la página web de la "International Association for Textile Care Labelling. " - enlace también disponible en el apartado Enlaces relacionados-)
Aunque este tipo de etiquetado no es obligatorio en nuestro país, está presente en prácticamente todos los artículos textiles dado su carácter esencial y práctico, porque puede evitar posibles deterioros de los artículos debido a un tratamiento de limpieza inadecuado.
Si bien no es obligatorio este etiquetado de conservación, en caso de que se indique debe ser el pictograma correcto y cumplir con la ISO.
La simbología empleada corresponde a una norma internacional de ISO (Organización Internacional de Normalización), es propiedad de Ginetex y contiene 5 símbolos internacionalmente reconocidos: (Limpieza en mojado, Limpieza en seco; Producto; Secado y Planchado).
Indica que l'article pot ser rentat amb aigua. Les xifres de l'interior indiquen la temperatura màxima de rentat a màquina. | |
Indica la possibilitat d'ús de lleixiu en el rentat. | |
Els punts dibuixats en l'interior de la planxa (un, dos o tres) indiquen la temperatura màxima a que poden ser planxats els articles. | |
Fa referència a la neteja en sec. Les lletres de l'interior del cercle indiquen el tipus de dissolvents o detergents que es poden utilitzar. | |
Fa referència a la neteja amb màquina assecadora. Els punts en l'interior del cercle (un o dos) indiquen dos nivells de temperatura. |
2. El etiquetado del calzado
La etiqueta del calzado debe informar sobre el material utilizado en la fabricación de las tres partes del calzado: el empeine, el forro, la plantilla y suela, que se representan de la siguiente manera:
Empeine: Es la parte exterior del calzado que queda a la vista y está unida a la suela. | |
Forro y plantilla: Es la parte interior del calzado, formando el revestimiento interior del calzado. | |
Suela: Es la parte inferior externa del calzado, está sujeta al desgaste por deslizamiento de dicha suela con el suelo y va unida al empeine. |
Los símbolos correspondientes al material utilizado son los siguientes:
Cuero: Se trata de la piel de algún animal, que conserva sus características y que ha sido curtida para que no se pueda dañar fácilmente. El pelo o la lana que tiene la piel del animal se pueden conservar o eliminar. | |
Cuero undad: Es empleado cuando el cuero tiene la superficie recubierta de una capa de yuntamiento o por una capa pegada que no supera un tercio de grosor, pero que es superior a 0,15 mm. | |
Textil: Se trata de materiales textiles, tanto naturales como sintéticos. | |
Otros materiales: Se trata de materiales distintos de los grupos anteriores. |
2.1. Modelo de etiqueta de calzado
Este tipo de etiqueta generalmente adherido a la suela o en el interior del zapato
La etiqueta debe ser visible y estar bien fijada, al menos, en un zapato de cada par y no puede inducir a error. El precio del producto ni ningún otro etiqueta no puede estar adherida sobre esta etiqueta de composición, limitando conocer la composición. La etiqueta debe indicar el material que represente al menos el 80% de la composición de las diversas partes del calzado y, si ningún material representa como mínimo el 80%, debe indicar los dos materiales principales del calzado. |
2.2. Cartel explicativo a los establecimientos
Los puntos de venta del calzado, en un lugar destacado, debe existir un cartel que explique el significado de los pictogramas que pueden aparecer en el etiquetado del calzado.
2.3. Normalización de tallas
En España, tradicionalmente había una numeración diferente al resto de estados de la Unión Europea. Nuestro calzado se cortaba con un número menor; esto era debido a la diferente forma de medir los pies.
Para evitar los problemas que ello conllevaba, se aprobó una normativa para armonizar las tallas del calzado. Así, ahora en toda la Europa Continental tenemos la misma talla de calzado.
3.1. El etiquetado de los productos de piel
En el etiquetado de la piel incluyen los productos de vestir, colchas, alfombras y tapices.
Estos artículos deben llevar una etiqueta informativa donde consten los siguientes datos:
Todos estos datos deben constar en la etiqueta que debe ser visible y fijada a la parte interior o forro de la pieza y las letras deben tener una altura mínima de 2 mm.
4. Etiquetado de productos de marroquinería
4.1. El etiquetado de los productos de marroquinería
Entendemos por marroquinería los artículos:
Se entiende como material sustitutivo los constituidos en planchas o tiras de material textil, sintético y / o corcho.
Estos artículos mencionados deberán especificar la siguiente información siempre en lengua oficial y con caracteres claros, visibles, indelebles y fácilmente legibles:
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