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Alimentos transgénicos

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Información general (actualizada a 22.02.2008)

1. Concepto
2. ¿Desde cuando es obligatorio etiquetar los transgénicos?
3. ¿De que manera se tienen que etiquetar los alimentos transgénicos?

 

1. Concepto
Los alimentos transgénicos son aquellos que han sido elaborados a partir de un organismo modificado genéticamente (OMG) o los que contienen algún ingrediente en su composición procedente de un OMG.

Se consideran OMG los organismos modificados mediante técnicas de ingeniería genética. Es decir, los OMG son organismos en cuyo genoma se han incorporado mediante ingeniería genética nuevos genes procedentes de otros organismos o se han modificado sus propios genes. En general, un OMG posee una combinación nueva de material genético que le confiere nuevas propiedades (resistencia a plagas, a herbicidas y producción de sustancias de interés nutricional).

La normativa europea obliga a las empresas a incorporar las técnicas necesarias para seguir el rastro de los ingredientes y facilitarnos la máxima información. La normativa comunitaria pretende que estemos informados sobre qué tipo de producto compramos y escoger el que mejor se adecue a nuestros intereses.
Los productos transgénicos que hay en el mercado son piensos animales y alimentos de consumo humano. Todos tienen que especificar en la etiqueta si son un OMG (brote de soja) o si están producidos a partir de un OMG (como los colorantes derivados del maíz transgénico).

Cuando estos productos contienen más de un 0,9% de transgénicos, se tiene que poder observar en las etiquetas.

Los cultivos OMG tienen el objetivo principal de aumentar el nivel de protección de los cultivos mediante la introducción de resistencia a enfermedades causadas por insectos o virus, en el caso de los vegetales, o mediante una mayor tolerancia a los herbicidas.

Los alimentos que contienen organismos genéticamente modificados disponibles en el mercado han pasado evaluaciones sanitarias muy estrictas. Cada alimento OMG es evaluado individualmente. No se autoriza la comercialización de un OMG para uso alimenticio sin que la autoridad administrativa competente lleve a cabo una evaluación de riesgos favorable, caso por caso.

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2. ¿Desde cuando es obligatorio etiquetar los transgénicos?
El 18 de abril de 2004 entró en vigor la nueva normativa que obliga a que todos los alimentos que procedan de organismos modificados genéticamente, es decir, de productos transgénicos, lleven una etiqueta explícita que acredite el origen transgénico, tanto si son a granel como si son ingredientes de productos elaborados.

Por lo tanto, actualmente es obligatorio que los alimentos y piensos que contengan o procedan de organismos genéticamente modificados (OMG) tengan una referencia explícita en la etiqueta sobre su composición en el caso de que la presencia de OMG sea superior al 0,9%. 

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3. ¿De qué manera se tienen que etiquetar los alimentos transgénicos? 
Los alimentos elaborados con derivados de transgénicos se tienen que etiquetar de la siguiente forma: “Este producto contiene organismos modificados genéticamente”, o bien “este producto contiene (nombre del organismo –p. ej. Soja–) modificado genéticamente”. Esta es la frase que deben incluir los productores en las etiquetas de los alimentos que contengan un 0,9% o más de transgénicos o de derivados de transgénicos. La frase debe tener el mismo tamaño que los ingredientes del producto.

Los productos transgénicos (OMG) aparecen en muchos alimentos: preparados para animales y en muchos otros que la persona consumidora puede encontrar habitualmente en el mercado.

Consideraciones: 

  • Todos los productos OMG agrarios y ganaderos de consumo humano se deben etiquetar como organismos modificados genéticamente (OMG).
  • Los productos elaborados deben llevar una etiqueta especial si en algún ingrediente la presencia de OMG supera el 0,9%.
  • Las autoridades llevarán un control estricto de los pasos que sigue un alimento transgénico, desde su origen y a lo largo de toda la cadena de producción. 

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